Autorización para realizar rifas y sorteos con venta de boletos
Trámite orientado a otorgar la autorización de rifas y sorteos con venta de boletos; presentando la documentación necesaria en las Intendencias Generales de Policía a nivel nacional.
NOTA: Para la provincia de Pichincha, los usuarios pueden acceder al trámite en línea; para las demás provincias, será de manera presencial en cada una de las Gobernaciones a nivel nacional.
¿A quién está dirigido?
- Organizadores de rifas y/o sorteos.
- Empresas organizadores de rifas y/o sorteos.
- Instituciones o Empresas Públicas organizadores de rifas y/o sorteos.
- Organizadores de rifas y/o sorteos.
Dirigido a: Persona Jurídica – Privada, Persona Jurídica – Pública, Persona Natural – Ecuatoriana, Persona Natural – Extranjera.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Solicitud dirigida al Director/a de Seguimiento en Territorio o Gobernador/a según corresponda; debe contener lo siguiente:
- Nombres y apellidos del usuario externo (Promotor),
- Cédula de ciudadanía,
- Domicilio,
- Correo electrónico,
- Teléfono celular,
- Ocupación,
- Razón del pedido con los datos de la rifa o sorteo.
- Copia certificada del documento que acredite la existencia legal de la compañía promotora. (En caso de Persona jurídica).
- Copia de constitución de la empresa promotora (En caso de Persona jurídica).
- Copia certificada del nombramiento del representante legal de la compañía promotora. (En caso de Persona jurídica).
- Copias de la cédula de identidad y papeleta de votación (En caso de Persona natural y Persona jurídica del representante legal).
- Título de propiedad legalmente inscritos y certificado del Registrado de la Propiedad del Inmueble materia de la rifa o sorteo (libre de gravamen); constancia de pagos de impuestos a la fecha de presentación; para bienes muebles títulos usuales de propiedad (facturas, título de propiedad, etc.) (En caso de Persona natural y Persona jurídica).
- Copia certificada de la factura de compra del bien o bienes a sortearse. (En caso de Persona natural y Persona jurídica).
- Garantía Bancaria o Hipotecaria que cubra la TOTALIDAD de los bienes a sortearse, la garantía será incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, emitido por una institución financiera, deberá tener una vigencia no menor de 30 días contados a partir de la fecha del sorteo, a favor del Ministerio de Gobierno. (En caso de Persona natural y Persona jurídica).
- Copia del proyecto de contrato, que deberá suscribirse entre la persona promotora del sorteo y la imprenta que imprimirá los boletos o cupones. (En caso de Persona natural y Persona jurídica).
- Copia del proyecto de acción o boleto que se emitirá para la venta, firmada por el promotor responsable deberá constar: valor nominal (en el caso de que sea únicamente de una rifa o sorteo a través de la venta de boletos).
- Copia del contrato suscrito entre la promotora y la empresa de Radio y Televisión u otra cuyos locales se verificarán los sorteos públicos. (En caso de Persona natural y Persona jurídica, de ser el caso).
- Recibos que acrediten haber cancelado las obligaciones con la imprenta y los locales donde se realizarán los sorteos. (En caso de Persona natural y Persona jurídica).
- Declaración ante Notario público indicando su voluntad irrevocable de enajenar los bienes a sortear, indicando el lugar donde se encuentran situados. (En caso de Persona natural y Persona jurídica).
- De realizar el sorteo por bienes televisados exhibición mediante videos por lo menos tres veces antes del sorteo. (En caso de Persona natural y Persona jurídica, de ser el caso).
- Reglamento de rifas o sorteos, señalando: la vigencia, fechas de la rifa o sorteo, cobertura, mecánica de la promoción, lista de premios, lugar de la rifa o sorteo, y demás detalles del sorteo, costo del boleto de ser el caso.
- Comprobante de pago de tasa de recuperación de costos por servicio (Cancelar en la Dirección Financiera del MINISTERIO DE GOBIERNO).
¿Cómo hago el trámite?
PROCEDIMIENTO TRÁMITE EN LÍNEA (Provincia de Pichincha)
- La persona (natural o jurídica), previo a ingresar los documentos en línea, debe cancelar, el valor de 50 dólares por el trámite, en el Banco del Pacifico con el código Bancario N.-5.1 por cada rifa o sorteo y anexar el comprobante de pago.
- Acceder a la opción “ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página y completar los campos obligatorios del formulario digital.
- Recibir notificación a través de correo electrónico por parte de la Dirección de Seguimiento en Territorio.
- Una vez ingresada la documentación, se asignará un número de trámite al usuario.
- Una vez procesado el trámite, de existir alguna observación a los requisitos, un funcionario de la Dirección de de Seguimiento en Territorio se comunicará con el usuario (Telefónicamente o correo electrónico), para notificar la validación de requisitos o para que el usuario solvente los mismos.
- Recibir la notificación de la Dirección de de Seguimiento en Territorio sobre la autorización de la rifa o sorteo, una vez cumplido con todos los requisitos.
- Remitir la carpeta física con el comprobante de pago, más los requisitos, a la Dirección de de Seguimiento en Territorio.
- Recibir la autorización para realizar la rifa o sorteo.
PROCEDIMIENTO TRÁMITE PRESENCIAL (Todas las provincias)
Una vez se cuente con los requisitos:
- La persona (natural o jurídica), previo a la presentación de la carpeta con los requisitos; debe cancelar, el valor de 50 dólares por el trámite, en el Banco del Pacifico con el código Bancario N.-5.1 por cada rifa o sorteo.
- Adjuntar el comprobante de pago, más los requisitos, en una carpeta con oficio dirigido al Gobernador de la provincia.
- Ingresar la documentación en Secretaría General de la Gobernación de la provincia, presentando la cédula de ciudadanía original en ventanilla (el trámite puede ser ingresado por terceras personas).
- Una vez ingresada la documentación, se asignará un número de trámite al usuario.
- Una vez procesado el trámite, de existir alguna observación a los requisitos, un funcionario de la Gobernación de la provincia se comunicará con el usuario para notificar validación de requisitos o para que el usuario solvente los mismos.
- La Gobernación de la provincia, autorizará la rifa o sorteo que ha cumplido con todos los requisitos e informará al usuario, mediante oficio enviado a través de correo electrónico.
- Recibir la autorización para realizar la rifa o sorteo.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite tiene un costo de USD $ 50.
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
PROVINCIA | UNIDAD | TELÉFONOS | DIRECCIÓN | HORARIO |
PICHINCHA | QUITO | – | Calle Venezuela N3-49 y calle Sucre, Edificio Pasaje Amador quinto piso. | 08:00 a 16:30 |
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
Hasta la ejecución de la rifa o sorteo.
Contacto: DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO EN TERRITORIO
Email: rifasysorteos@ministeriodegobierno.gob.ec
Teléfono: 022-955-666
Lugar y horario de atención
Revisa también en:
BASE LEGAL DEL TRÁMITE