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Emisión de certificación de existencia legal, copias certificadas de organizaciones religiosas y/o sociales de creencia y conciencia; inscripción tardía de organizaciones religiosas.

Trámite orientado a:

ORGANIZACIONES RELIGIOSAS, SOCIALES DE CREENCIA Y CONCIENCIA
•    Certificaciones de existencia legal,
•    Copias certificadas.


ORGANIZACIONES RELIGIOSAS

•    Inscripción tardía.

¿A quién está dirigido?

Usuarios que pueden acceder al trámite:

Organizaciones religiosas (Ley de Cultos y su reglamento):
Católica– Romana, y;
Cristiana Protestante.

Organizaciones sociales de creencia y conciencia (Decreto Ejecutivo 193 – Código Civil)
Fundaciones con enfoque religioso, y;
Corporaciones de primer, segundo y tercer grado.

Dirigido a: Persona Jurídica – Privada, Persona Jurídica – Pública.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

212 Ley de Cultos – Art(s). SEGUNDA DISPOSICIÓN GENERAL

Certificación de existencia legal.- El ministerio del ramo que otorgó la personalidad jurídica a la organización social es el competente para certificar la existencia legal de la misma. Las organizaciones sociales que cuenten con personalidad jurídica podrán administrar recursos públicos conforme a la ley. 212 Ley de Cultos – Art(s). Art.7

Art 7: Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los
términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley. Acuerdo Ministerial No.180 Actualizar la tabla de recuperación de costos de los servicios que otorgan el Ministerio de Gobierno y las gobernaciones del país. – Art(s). Art.1

Artículo 1.- Actualizar la tabla de recuperación de costos de los servicios que otorgan el Ministerio de Gobierno y las gobernaciones del país, emitida en el artículo primero del Acuerdo N° 0251 del 20 de julio del 2001, a los siguientes valores:

Código Servicio Valor en Dólares
1Trámite de autorización de cada rifa o sorteo 50,00
2Otorgamiento de copias: hasta 10 hojas2,00
Por cada hoja adicional0,10
3Trámite de autenticación de documentos 3,00
4Trámite de levantamiento de orden de clausura, ocasionada por incumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor y su reglamento o por cualquier otra causa establecida en el ordenamiento legal vigente100, 00
5Certificado de residencia 2,00