Entrega del trazado de límites territoriales internos y Organización Territorial del Estado.
Trámite orientado a la entrega de coberturas geográficas en formato shapefile (*.shp) a la mayor escala disponible del trazado de límites territoriales internos con el detalle del nivel y su situación jurídica (tipo línea), y las circunscripciones de la Organización Territorial del Estado (tipo polígono), generado por el Comité Nacional de Límites Internos. Para su publicación se requiere autorización expresa del CONALI.
Por competencia institucional, la cobertura geográfica correspondiente a la Organización Territorial del Estado, refiere únicamente a provincias, cantones, cabeceras cantonales y parroquias rurales.
¿A quién está dirigido?
Los usuarios que pueden acceder al trámite son:
- Ciudadanía en general.
- Instituciones públicas y privadas.
- Gobiernos Autónomos Descentralizados.
- Instituciones educativas.
- Centros de investigación.
- Organizaciones sin fines de lucro.
Dirigido a: Persona Jurídica – Privada, Persona Jurídica – Pública, Persona Natural – Ecuatoriana, Persona Natural – Extranjera.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
1. Solicitud dirigida al Ministro/a de Gobierno, que contenga:
1.1. Nombre completo del solicitante.
1.2. Número de identificación.
1.3. Correo electrónico.
1.4. Número de contacto.
1.5. Institución a la que representa (En el caso de Persona Jurídica pública o privada).
1.6. Especificar el uso y destino de la información solicitada. En el caso de los GAD especificar el ámbito territorial de interés.
2. Nombramiento que acredite la representación legal (En caso de Persona Jurídica privada).
Requisitos Especiales:
En el caso que el usuario requiera publicar (por cualquier medio físico o digital) la información entregada por el Ministerio de Gobierno, debe ingresar una nueva solicitud para su autorización dirigida al Ministro/a de Gobierno.
¿Cómo hago el trámite?
1. Ingresar la solicitud dirigida al Ministro/a de Gobierno por Sistema Documental Quipux o recepción documental de manera presencial únicamente en Planta Central del Ministerio de Gobierno.
2. Confirmar por parte del usuario la recepción de la información entregada por el Ministerio de Gobierno a través de correo electrónico.
4. Recibir oficio de respuesta con la atención al requerimiento por parte del Ministerio de Gobierno.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Provincia / Cantón | Horario | Dirección |
---|---|---|
Pichincha, Quito | Lunes a viernes, 08h00 – 16h30 | Planta Central: Calle Benalcazar N4-24 y Espejo |
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
La vigencia de la información de los límites territoriales contantes en el documento cartográfico entregado por el Ministerio de Gobierno, es anual; salvo que existan modificaciones debido a la creación, supresión y fusión de circunscripciones territoriales, a la fijación o cambio de límites territoriales internos.
Contacto: Dirección de Límites Territoriales Internos
Email: atencion.limitesterritoriales@ministeriodegobierno.gob.ec
Teléfono: 02 2955 666
Revisa también en:
Base Legal
- 2686-B Ley de la Cartografía Nacional – Art(s). Art. 8 El Ministerio de Gobierno, a través del organismo competente, tendrá a su cargo la delimitación jurisdiccional político – administrativa, provincial, cantonal, parroquial de las líneas demarcatorias para circunscribir a dichas jurisdicciones.
- 510 Expídase el Reglamento a la Ley para la Fijación de Límites Territoriales Internos – Art(s). Art. 5 letra f) Funciones del Ministro de Gobierno.- Son Funciones del Ministro de Gobierno, las siguientes: f) Elaborar el trazado de límites territoriales en la cartografía oficial.
- 510 Expídase el Reglamento a la Ley para la Fijación de Límites Territoriales Internos – Art(s). Art. 3 literal c) Funciones del Directorio.- Son funciones del Directorio, además de las establecidas en la Ley, las siguientes: c) Aprobar y autorizar la publicación del trazado de límites internos de la organización territorial del Estado en la cartografía oficial.
- 510 Expídase el Reglamento a la Ley para la Fijación de Límites Territoriales Internos – Art(s). Art. 1 numeral 2 Definiciones generales.- Para efectos del presente reglamento, a más de las establecidas en la Ley, se observarán y aplicarán las siguientes definiciones: 2. Trazado de límites territoriales.- Comprende la georeferenciación de los elementos de linderación encartografía oficial de las circunscripciones territoriales
sobre la base de la normativa vigente. - Ley para la Fijación de Límites Territoriales Internos – Art(s). 13 letra h), i, y j) Funciones.- Son funciones del Comité
Nacional de Límites Internos: h) Mantener actualizada la información de la División Político Administrativa; i) Actualizar el trazado de límites territoriales en la cartografía en el momento de su edición; j) Absolver consultas a las autoridades y población en general en materia de límites territoriales internos. - Ley para la Fijación de Límites Territoriales Internos – Art(s). Disposición General Tercera TERCERA.- Las entidades e instituciones del sector público se abstendrán de emitir y publicar material cartográfico en que se definan límites en territorios que de manera pública y notoria, mantienen conflictos limítrofes no resueltos. Las entidades públicas a las que les corresponda emitir cartografía oficial, señalarán en ella como “zonas en estudio” aquellas circunscripciones territoriales que mantienen conflictos limítrofes hasta que los mismos sean resueltos.
- Registro Oficial No.245 – Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública – Art(s). Art. 32 Solicitud y Contenido.- La solicitud de información puede ser presentada por medio físico o electrónico y deberá contener lo siguiente:
- Identificación de la persona solicitante;
- Información de contacto para recibir notificaciones;
- Descripción precisa de la información solicitada; y,
- El solicitante deberá especificar en su petición, el tipo de formato físico o digital, en el que desea que se le haga la entrega de la información solicitada.