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Entrega de Medidas Administrativas de Protección Inmediata para prevenir o detener la violencia contra las mujeres.

Trámite orientado a receptar y gestionar solicitudes de medidas administrativas de protección inmediata MAPIs, en casos de violencia física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, simbólica, política y gineco- obstétrica, en contra de mujeres en los ámbitos intrafamiliar, educativo, laboral, deportivo, institucional, mediático y cibernético, comunitario e instituciones de salud.

¿A quién está dirigido?

Son beneficiarias del otorgamiento de medidas todas las mujeres (Niñas, Adolescentes, Adultas, Adultas mayores) en su diversidad cultural y de género, que hayan sido víctimas de algún tipo de violencia.

Dirigido a: Persona Natural – Ecuatoriana, Persona Natural – Extranjera.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Solicitud verbal o escrita de medidas administrativas de protección inmediata, en el que se relate los hechos de violencia, especificando tiempo, modo, lugar en que se produjeron.

Requisitos Especiales:

Documento de identificación del/a usuaria/o que solicita la medida administrativa de protección inmediata.    
Datos específicos del/la presunto/a agresor/a como: nombres y apellidos, dirección del domicilio o del lugar de trabajo, número de teléfono, correo electrónico u otros.

¿Cómo hago el trámite?

Dirigirse a una Tenencia Política ubicada en una parroquia rural, donde desea ingresar su solicitud.

  1. Realizar la solicitud de medidas administrativas de protección de manera verbal o escrita (sin necesidad de firma de un/a abogado/a), en la que deben constar:
  • Datos personales,
  • Datos del/la presunto/a agresor/a,
  • Descripción de los hechos,
  • Lugar, fecha y hora en que se produjeron los hechos,
  • Relación con el presunto agresor/a
  • Medidas de protección que solicita.    
  • Firma de solicitud.
  1. Recibir la Resolución Administrativa otorgada por la Tenencia Política.
  2. Firmar constancia de recibido en la Resolución Administrativa.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

La atención del trámite se realiza en las Tenencias Políticas ubicadas en las parroquias rurales a nivel nacional en el horario de 08:00 a 16:30 de lunes a viernes.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Las medidas administrativas de protección inmediata estarán vigentes hasta que el Juez competente las ratifique, modifique o revoque.

Contacto: Dirección de Seguimiento en Territorio.

Email: tramiteciudadanomapis@ministeriodegobierno.gob.ec

Teléfono: 022-955666

Base Legal

NombreTipoArtículoRegistro Oficial
LOIPEVCMLEY ORGANICA
Art. 49
175
LOIPEVCMLEY ORGANICA
Art. 51
254
REGLAMENTO LOIPEVCMREGLAMENTO
Art. 45
254
REGLAMENTO LOIPEVCMREGLAMENTO
Art. 46
254
REGLAMENTO LOIPEVCMREGLAMENTO
Art. 47
254
REGLAMENTO LOIPEVCMREGLAMENTO
Art. 48
254
REGLAMENTO LOIPEVCMREGLAMENTO
Art. 49
254
REGLAMENTO LOIPEVCMREGLAMENTO
Art. 45
254

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